CONFESION DE FE BAUTISTA DE 1689

LA CONFESION BAUTISTA

 

CAPITULO 24:  EL GOBIERNO CIVIL

1.Dios, el supremo Señor y Rey de todo el mundo, ha instituido a los magistrados civiles para estar sujetos a él, gobernando al pueblo para la gloria de Dios y el bien público; y con este fin les ha armado con el poder de la espada, para la defensa y aliento de los que hacen lo bueno, y para el castigo de los malhechores.

1. 1Ro. 13:14; 1 P. 2:13,14


2. Es lícito para los cristianos aceptar y desempeñar el cargo de magistrado cuando sean llamados para ello; en el desempeño de su cargo deben mantener especialmente la justicia y la paz,2 según las leyes sanas de cada reino y estado; así con este fin, bajo el Nuevo Testamento, pueden legalmente ahora hacer la guerra en ocasiones justas y necesarias.3

22S. 23:3; Sal. 82:3,4 3 Lc 3:14


3. Como los gobernantes civiles son puestos por Dios con los propósitos ya mencionados, los cristianos están sujetos a ellos en los requisitos legales, y esto por causa del Señor y de la conciencia y no meramente para evitar castigo.4 Debemos ofrecer suplicaciones y oraciones a favor de los reyes y de los que están en autoridad, para que bajo su gobierno podamos vivir quieta y reposadamente en santidad y honestidad.5

4Ro. 13:57; 3. 1 P.2:17 5 1 Ti. 2:1,2

 


Para el estudio adicional:

raíces del Bautista en América: El fondo histórico de Bautista reformados en América ", Samuel E. Waldron, Simpson que publica Co. (1991)

" una exposición moderna 1689 del Bautista Confession de la fe ", Samuel E. Waldron, prensa evangélica, 1989


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